$titulo="Requisitos técnicos para la conexión"; ?> $descripcion=""; ?> $seccion = "energia"; $subseccion = "requisitos"; ?>
Los requisitos descriptos a continuación son de necesario cumplimiento para dar de alta el servicio.
Siendo dispuestos por el Organismo de Control Eléctrico de la provincia de Buenos Aires (OCEBA) y sugeridos por la Asociación Electrotécnica Argentina (AEA), tienen como fin proteger al asociado-usuario de accidentes e incidentes que pudiesen provenir de una inapropiada conexión eléctrica.
Es obligación de la Cooperativa verificar que las instalaciones del inmueble en cuestión se encuentren en las condiciones adecuadas antes de efectuar la conexión del servicio.
Tenga en cuenta que, en caso de detectarse el incumplimiento de algún requisito, no podrá ser conectado el suministro hasta tanto no se regularice la instalación y se comunique tal normalización a la institución.
Deberán cumplir, sin excepción, con:
Acorde a la potencia deberán cumplir,
sin excepción, con:
Se sugiere que antes de comenzar la obra, el arquitecto que la dirige prevea en su diseño la ubicación definitiva del conexionado de la bajada del medidor de corriente.
Entretanto, deberán cumplir sin excepción con:
Todos los materiales eléctricos deben ser NORMALIZADOS.
POR CONEXIONES ESPECIALES NO CONTEMPLADAS EN LA PRESENTE NORMATIVA, POR FAVOR, CONSULTAR CON LA OFICINA DE ASESORÍA TÉCNICA.