DNU 297/20
Bolívar, 20 de marzo de 2020.-
COMUNICADO
CORONAVIRUS: AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO
DNU 297/2020
Tenemos el agrado de dirigirnos a Ud. en nuestro carácter de integrantes del Consejo de Administración de la Cooperativa Eléctrica de Bolívar Ltda. y en el marco del DNU 297/20 por el cual se dispone el “aislamiento social, preventivo y obligatorio”, desde el 20 hasta el 31 de marzo inclusive del corriente año, a fin de informar sobre cómo será la atención de los usuarios y asociados de la Cooperativa Eléctrica de Bolívar.
En este contexto, la normativa ha exceptuado del cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de la prohibición de circular, a las personas afectadas a las actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia.
“Artículo 6º: “Quedan exceptuadas del cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de la prohibición de circular, las personas afectadas a las actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia, según se detalla a
continuación, y sus desplazamientos deberán limitarse al estricto cumplimiento de esas actividades y servicios:
17. Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias.
23. Guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de Yacimientos de Petróleo y Gas, plantas de tratamiento y/o refinación de Petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica.”
Por tal motivo, la prestación de los distintos servicios a cargo de la Cooperativa Eléctrica se efectuará de la siguiente forma:
Atento lo mencionado anteriormente, se ha resuelto el cierre de las oficinas comerciales y administrativas hasta el 31 de marzo del corriente año.
Por tanto, los usuarios que deseen abonar las facturas de suministro eléctrico lo podrán realizar mediante los siguientes medios de pago:
Tiempo Límite: Hasta 15 días después de la fecha de vencimiento de la factura.
Tiempo Límite: Hasta el día de vencimiento de la factura
CBU: 0140327301673400234211
CUIT: 30-54568785-9
BANCO PROVINCIA DE BUENOS AIRES
SUCURSAL: 6734 – BOLIVAR
CUENTA Nº 2342/1
Solo se atenderán reclamos por desperfectos y/o falta de suministro eléctrico a través del servicio permanente de guardia, comunicándose al teléfono de atención al usuario:
0800-333-4615.
LA ATENCIÓN AL USUARIO SERÁ ÚNICAMENTE EN FORMA TELEFÓNICA.
El personal de servicios sociales estará atendiendo únicamente mediante una guardia permanente.
La atención a los asociados se realizará exclusivamente en forma telefónica al número:
02314-15627000
IMPORTANTE: El servicio de sepelio comprenderá UNICAMENTE la inhumación y/o cremación SIN ACOMPAÑAMIENTO DE FAMILIARES
Sin otro particular, recordando la importancia de que en estas situaciones difíciles debemos apelar a los valores cooperativos de SOLIDARIDAD y la AYUDA MUTUA, hacemos propicia la oportunidad para saludarlos atentamente.
CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN